Servicios de la Sede electrónica (FAQs)

Aspectos generales

¿Quién puede utilizar la sede electrónica?
Cualquier persona, física o jurídica, puede relacionarse con el Ararteko mediante la sede electrónica. Aunque es conveniente identificarse con un certificado digital, se puede acceder a algunos servicios escribiendo los datos personales.

La sede electrónica estará disponible durante las 24 horas los 365 días del año.
¿Es seguro utilizar los servicios identificados de la sede electrónica?
Sí. En aquellos servicios en los que es necesaria la identificación, la información viaja cifrada. Además, como consecuencia del sistema de autenticación establecido, sólo la persona identificada como interesada podrá acceder a la información relativa a la tramitación o consultar datos de carácter personal.
¿Cómo se puede acceder a los servicios de la sede?

Consultar el apartado sistemas de identificación de la sede electrónica.

Registro electrónico

¿Qué es el registro electrónico?
El registro electrónico es análogo al registro presencial. Presentando la documentación o la solicitud mediante este servicio, se evitan desplazamientos y esperas innecesarias.
¿Cómo funciona el registro electrónico?

Acceda al catálogo de trámites y compruebe que la solicitud puede presentarse a través del registro electrónico. Seleccione el trámite o solicitud concreto. Cumplimente los datos solicitados en el formulario y anexe la documentación que usted considere necesaria. Una vez realizado el trámite, se expedirá el correspondiente justificante de presentación, que podrá descargar y/o imprimir.

El registro electrónico está disponible las 24 horas del día, todos los días del año. No obstante, en determinados momentos pueden producirse interrupciones de servicio por motivos técnicos en cuyo caso se informará adecuadamente en el apartado interrupciones de servicio.

Para el cómputo de plazos, el registro electrónico del Ararteko tendrá en cuenta los días hábiles o naturales transcurridos desde la fecha y la hora oficial de la sede electrónica..

En lo que respecta al cumplimiento de plazos por parte de las personas solicitantes, se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:

  • Se tendrán en cuenta la fecha y hora que estén vigentes en el sistema de información que dé soporte al registro electrónico en el momento de la recepción o salida de la solicitud.
  • Cuando la solicitud se reciba en días inhábiles o festivos, se entenderá efectuada en la primera hora del primer día hábil siguiente. En el asiento de entrada correspondiente, constará la fecha y hora en que efectivamente se ha recibido, pero se indicará en el mensaje de confirmación las cero horas y un minuto del siguiente día hábil.
  • El registro electrónico considerará como días inhábiles los días festivos del calendario oficial de la Comunidad Autónoma y las fiestas locales. Se puede consular el calendario de días inhábiles en el apartado correspondiente de la sede electrónica.

Para utilizar el registro electrónico, se deben tener en cuenta los sistemas de identificación establecidos  así como las recomendaciones y los requisitos técnicos explicados en el apartado correspondiente de la sede electrónica.

¿Cómo se puede presentar una queja o una consulta?
Utilizando el trámite o solicitud denominado "Solicitud de actuación (queja o consulta)" disponible en la página principal de la sede electrónica y en el catálogo de trámites.

Notificación electrónica

¿Qué es la notificación en sede electrónica?

El artículo 41.1 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece el carácter preferente de las notificaciones por medios electrónicos. En todo caso, se realizarán de este modo cuando la persona interesada resulte obligada a recibirlas por esta vía.

Por tanto, para aquellas personas que no están obligadas, la notificación electrónica tiene carácter voluntario. Las personas podrán decidir y comunicar en cualquier momento al ARARTEKO, que las notificaciones sucesivas se practiquen o dejen de practicarse por medios electrónicos.

De acuerdo con el art. 43.1 de la misma norma, la notificación electrónica debe ser practicada entrando en la sede electrónica, para el acceso a las notificaciones electrónicas derivadas de aquellos procedimientos a los que voluntariamente haya decidido suscribirse como para aquellos en los que la notificación electrónica sea obligatoria.

En el caso de las personas obligadas por el art. 14.2 de la Ley39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, éste será el medio de notificación empleado, debido a la obligación a relacionarse por medios electrónicos con las administraciones públicas.

Este servicio cumple con las máximas garantías de confidencialidad, autenticidad y privacidad, con el fin de asegurar la identidad de los participantes y la seguridad de las comunicaciones.

¿Qué se necesita para utilizar la notificación electrónica?
  • Disponer de un DNI electrónico u otro certificado digital admitido.
  • Cumplir los requisitos y recomendaciones técnicas reflejados en la página de ayuda de la sede..
  • Suscribirse al servicio.
¿Cómo funciona la notificación en sede electrónica?

Cada vez que se ponga a disposición una notificación electrónica, el ARARTEKO enviará un correo electrónico informativo a la dirección de correo electrónico que usted indicó. Tenga en cuenta que este correo electrónico sólo tiene efectos informativos.

Acceda asiduamente a su buzón de notificaciones electrónicas para verificar si ha recibido una nueva notificación. El plazo que la normativa reguladora establece para que usted acceda a una notificación es de 10 días naturales. Transcurrido ese plazo, si no se ha accedido a la notificación, el acto se dará por notificado a todos los efectos salvo que, de oficio o a instancia, se compruebe la imposibilidad técnica o material del acceso.

En el buzón podrá aceptar y rechazar las nuevas notificaciones. En dicho momento la persona (física o jurídica) se dará por notificada y podrá consultar las ya aceptadas o rechazadas.

Al aceptar o rechazar la notificación, se emitirá el correspondiente acuse de recibo, que se deberá firmar electrónicamente.

¿Cómo doy mi consentimiento para la suscripción a la notificación electrónica? ¿Cómo me doy de baja en el servicio?

Existen varias formas de suscribirse o darse de baja del servicio de notificación electrónica.

1.- Utilizando la solicitud "Consentimiento para la suscripción o baja de notificaciones electrónicas"

En el formulario que debe rellenar, bajo el texto "Seleccione el medio para la recepción de notificaciones", existen tres opciones disponibles:

  • En el buzón de notificaciones electrónicas de la sede: subscripción a todos los procedimientos disponibles.
  • Por correo postal: Baja de todos los procedimientos disponibles.
  • 'Deseo elegir por tipo de trámite': Subscripción o baja por cada uno de los procedimientos disponibles.

2.- Durante el proceso de tramitación de una solicitud determinada:

  • Notificación electrónica: se otorga el consentimiento para la suscripción a la notificación electrónica únicamente en ese procedimiento concreto..
  • Notificación papel: se da de baja del servicio de notificación electrónica únicamente en ese procedimiento concreto..
¿Cómo se puede consultar el buzón de notificaciones?

Accediendo al servicio "BUZÓN DE NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS" que se encuentra en la sección MIS DATOS.

Para saber más acerca de cómo utilizar este servicio, pinche aquí.

Mis datos

¿Se pueden consultar y modificar los datos de contacto?

Sí. Accediendo al servicio "DATOS PERSONALES" que se encuentra en la sección MIS DATOS.

Para saber más acerca de este servicio, pinche aquí.

¿Se pueden consultar las anotaciones realizadas en el registro general de entrada y salida?

Sí. Puede consultar la información referente a SUS anotaciones de entrada y salida accediendo al servicio "ANOTACIONES EN EL REGISTRO" que se encuentra en la sección MIS DATOS.

Para saber más acerca de este servicio, pinche aquí.

Otros servicios

Validación y comprobación de documentos

Los documentos emitidos y firmados electrónicamente por la institución del Ararteko incorporan un código seguro de verificación (CSV). El código se genera automáticamente y otorga al documento en papel la consideración de copia auténtica a todos los efectos legales. Al mismo tiempo, sirve para localizar el documento dentro del archivo electrónico de la institución.

Para validar o comprobar la autenticidad de un documento, acceder al servicio "VALIDACIÓN Y COMPROBACIÓN DE DOCUMENTOS" que se encuentra en las secciones OTROS SERVICIOS y SERVICIOS GENERALES, introducir el código CSV y se podrá descargar la versión original del documento en formato electrónico.

Para saber más acerca de este servicio, pinche aquí.